RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL Y PROTECCIÓN JURÍDICA DEL PUEBLO AFROECUATORIANO EN EL ORDENAMIENTO
ECUATORIANO
vulneración de sus derechos fundamentales en los ámbitos civil, político y socioeconómico (2).
En este contexto, el presente artículo tiene como objetivo fundamental analizar críticamente la
persistencia del racismo estructural en el Ecuador bajo una óptica constitucional y de derechos
humanos, evidenciando la brecha existente entre el diseño normativo de vanguardia y su
aplicación efectiva en la justicia material de las comunidades racializadas (3).
La relevancia de esta investigación estriba en que la igualdad formal, si bien constituye un
avance jurídico innegable, resulta insuficiente para desmantelar las estructuras de poder
heredadas de la colonialidad que todavía permean el sistema judicial, administrativo y las
fuerzas del orden en el país (4). Se plantea como hipótesis central que el reconocimiento de los
derechos colectivos en la Constitución vigente no ha logrado erradicar el racismo institucional
debido a la carencia de una normativa secundaria que operacionalice estos mandatos y a la
pervivencia de prejuicios epistémicos que sesgan la actuación de los operadores de justicia al
momento de tutelar derechos étnicos (5).
A nivel regional, la problemática se inserta en un fenómeno global de colonialidad del poder,
donde las instituciones republicanas fueron edificadas sobre la base de la exclusión de los
pueblos afrodescendientes e indígenas, generando un "no-ser" jurídico que la modernidad no
ha terminado de reparar (6). En el caso específico del Ecuador, la transición hacia un Estado de
Derechos y Justicia implica necesariamente una revisión de las categorías de ciudadanía, pues el
racismo no se manifiesta únicamente como un prejuicio individual, sino como una tecnología de
gobierno que distribuye de manera desigual las oportunidades de vida y la protección jurídica
(1). La invisibilización histórica del pueblo afroecuatoriano ha permitido que el derecho penal y
el derecho administrativo operen bajo una supuesta neutralidad que, en la práctica, criminaliza
la pobreza y la identidad racial, configurando escenarios de desprotección estatal que algunos
teóricos han denominado como zonas de sacrificio social (2).
La necesidad de profundizar en el análisis del racismo estructural responde también al
cumplimiento de compromisos internacionales, tales como el Decenio Internacional de los
Afrodescendientes, el cual exige que los Estados adopten medidas concretas de justicia,
reconocimiento y desarrollo (4). Sin embargo, el análisis de la jurisprudencia nacional revela que
existe una resistencia institucional a reconocer el racismo como una violación autónoma y
grave, prefiriendo muchas veces subsumir estos actos bajo figuras penales genéricas que
diluyen la carga simbólica y política de la agresión racial (6). A través de las siguientes secciones,
se explorará cómo el constitucionalismo ecuatoriano ha intentado abordar esta deuda histórica
y cuáles han sido las limitaciones del sistema judicial, tomando como eje referencial casos
emblemáticos que demuestran la urgencia de una Ley Orgánica de Derechos Colectivos que
garantice la dignidad del pueblo afroecuatoriano (3). Este estudio busca, por tanto, no solo
diagnosticar la situación actual, sino proponer una interpretación hermenéutica transformadora
que permita al derecho actuar como una verdadera herramienta de emancipación y reparación
histórica frente a los legados de la esclavitud y la segregación (5).
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